Por acuerdo de la Asamblea General de la Asociación de la Prensa del
Campo de Gibraltar, celebrada el día 23 de enero de 2010, se crea la
figura del SOCIO VINCULADO con el fin de hacer partícipes de la actividad
de la APCG, a aquellas personas que demuestren fehacientemente la relación
laboral en materia periodística en un medio de comunicación
o un gabinete de prensa durante un periodo de al menos tres años continuados,
siendo esa su principal ocupación profesional y habiendo dado muestras
por su trayectoria y su comportamiento ético de su integración
en la profesión o demuestren documentalmente que están cursando
los estudios del último año de Ciencias de la Información.
Por acuerdo de la Asamblea General de la Asociación de la Prensa
del Campo de Gibraltar, celebrada el día 23 de enero de 2.010,
se crea la figura del SOCIO VINCULADO con el fin de hacer partícipes
de la actividad de la APCG, a aquellas personas que demuestren fehacientemente
la relación laboral en materia periodística en un medio
de comunicación o un gabinete de prensa durante un periodo de al
menos tres años continuados, siendo esa su principal ocupación
profesional y habiendo dado muestras por su trayectoria y su comportamiento
ético de su integración en la profesión o demuestren
documentalmente que están cursando los estudios del último
año de Ciencias de la Información.
Para solicitar la inscripción como socio vinculado deberá
cumplirse uno de los dos requisitos siguientes:
A.- Demostrar fehacientemente la relación laboral en materia periodística
en un medio de comunicación o un gabinete de prensa durante un
periodo de al menos tres años continuados, siendo esa su principal
ocupación profesional y habiendo dado muestras por su trayectoria
y su comportamiento ético de su integración en la profesión.
B.- Demostrar documentalmente que se están cursando los estudios
del último año de Ciencias de la Información.
En ambos casos, deberán acompañar la anterior documentación
de la correspondiente solicitud de ingreso, una fotocopia del DNI y dos
fotos tamaño carné.
Si ingreso como socio vinculado deberá ser aprobado por la Junta
Directiva de la APCG, atendiendo al cumplimiento de alguno de los requisitos
expuestos.
La condición de Socio Vinculado da lugar a los siguientes
derechos:
La condición de socio vinculado otorga todos los derechos establecidos
en los estatutos de la APCG, con la excepción de aquellos cuyo
objeto sea intrínsecamente propio de los asociados inscritos en
el Registro Profesional de Periodistas. No obstante, podrán participar
con voz pero sin derecho al ejercicio del voto en las Asambleas Generales
de la APCG, salvo por acuerdo expreso y excepcional de la propia asamblea.
Además, podrán participar en todas las actividades que organiza
la APCG, en las mismas condiciones que los asociados.
La condición de Socio Vinculado implica los siguientes
deberes:
La condición de socio vinculado implica el cumplimiento de todas
las obligaciones establecidas en los estatutos de la Asociación
de la Prensa del Campo de Gibraltar, el respeto del Código Deontológico
Profesional y la contribución al sostenimiento de la Asociación
de la Prensa del Campo de Gibraltar, mediante el pago de las cuotas establecidas
por la Asamblea General.
Además, los socios vinculados se comprometen a cursar en un plazo
no superior a cinco años, su petición de inscripción
en el Registro Profesional de Periodistas, para lo cual deberán
cumplir todos los requisitos que exige la FAPE.
Igualmente quedará extinguida la condición de socio vinculado
a petición del interesado o por acuerdo debidamente justificado
de la Junta Directiva, del que informará debidamente a la Asamblea
General.